La noticia.

El pasado 14 de febrero una sentencia del Juzgado nº1 de lo Penal de Ourense ha vuelto a poner sobre la mesa la cuestión de la “educación en casa” (homeschooling). No es la primera vez que ocurre, y añade otro precedente más a la jurisprudencia sobre el tema que va aumentando en España desde la década de los noventa. Y es que, la jueza doña Mª Concepción Cañas ha estimado que no puede considerarse delito de abandono la actitud de una familia que decidió no escolarizar a sus hijos, ya que habían puesto los medios necesarios para atender sus necesidades educativas en casa.

Han sido varios lo medios de comunicación que se han hecho eco de la noticia. Entre ellos cabe destacar al diario El Mundo y dos programas de radio: Ciudadano García (RNE) del 17 de febrero, y el programa La Ventana (Cadena SER) del 18 de febrero, cuya lectura y escucha recomiendo a los ciudadanos/as de Chiclana interesados en la cuestión.

Delimitación del fenómeno.

Al hablar de “educar en casa” estoy describiendo la elección responsable de las familias que, con conocimiento de causa toman una decisión fundada, y no defiendo en ningún caso situaciones generadas por la desidia o dejadez de los progenitores. También excluyo de esta postura a los niños/as que reciben atención educativa en casa por la imposibilidad de asistir al colegio por sus necesidades especiales (enfermedades, discapacidades...), ya que en muchos de estos casos, al menos en teoría, las diferentes Administraciones Educativas deben enviar al domicilio familiar, el personal docente necesario. Por supuesto, no me refiero en este artículo a aquellos casos de padres/madres cuya ideología, política o religiosa, es contraria a los principios democráticos de convivencia y por eso evitan llevar a sus hijos/as al colegio.

Los diferentes puntos de vista.

Desde mi punto de vista, tres son las posturas que habitualmente se toman frente a la opción minoritaria que eligen algunas familias (alrededor de 2 000 en todo el país, en la actualidad) de no escolarizar a sus hijos/as en centros educativos y atender sus necesidades educativas en el hogar familiar.

Por un lado, los padres y madres descontentos con el sistema educativo oficial, tanto por las prácticas de los colegios públicos, los privados como los concertados, deciden, de acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos y en consonancia con lo que establece el artículo 27 de nuestra Constitución de 1978, tomar parte protagonista en la educación formal de sus hijos/as y atenderles en casa. Estas familias deciden y se organizan de manera que siempre hay un adulto a cargo de los niños/as y les brindan los materiales y estímulos necesarios para favorecer su desarrollo. Muchas de estas familias se agrupan y se forman a través de asociaciones como la Asociación Libre de Educación y llevan años exigiendo a los gobiernos de diferentes colores políticos que regulen su situación.

Por otro lado, hay un colectivo de maestros/as y profesores/as que inciden en que la educación adecuada pasa necesariamente por la escolarización de los menores en centros escolares. Ya que de no hacerlo así, se les priva de las necesarias oportunidades de socialización y relación con iguales. Además, subrayan la importancia de la figura del docente, tanto como figura de autoridad externa a los roles familiares como profesional formado para la enseñanza, ya que muchos padres/madres que ejercen de educadores en casa carecen de formación en este sentido.

Finalmente, un tercer colectivo de docentes minoritario, ejercen la autocrítica y reconocen que nuestro sistema educativo tiene importantes carencias en la atención a la diversidad y en procurar una verdadera atención personalizada a las necesidades educativas de los niños/as. Incluso, defienden modelos de escuela que, alejándose del modelo transmisivo tradicional inciden en la importancia de las relaciones personales, la felicidad y respeto a los niños y niñas. A pesar de reconocer todas esas carencias, insisten como en la postura anterior, que educar en casa implica dos riesgos: el de no garantizar una adecuada socialización de los niños/as y el de que los padres/madres no cuentan con la formación ni la experiencia en didáctica y pedagogía suficiente para satisfacer las necesidades educativas de sus hijos.

La cuestión legislativa.

La actual legislación educativa, tanto la LOE (PSOE) como la LOMCE (PP), equipara el derecho a la educación con la obligatoriedad de la escolarización. Esto genera un espacio de alegalidad y cuando menos de ambigüedad para aquellas familias que no estando de acuerdo con las opciones disponibles en el “mercado educativo cerrado” deciden tomar cartas en el asunto sin tener que crear para ello un colegio o escuela. Empresa bastante difícil y costosa en nuestro país.

Por tanto, nos encontramos ante un dilema legislativo. Un juez, como en el caso de Ourense, puede interpretar la Constitución en función del Derecho Humano Universal a la Educación y dar carta de legitimidad a la opción de las familias de educar de sus hijos/as poniendo los medios adecuados en casa; o interpretar la Constitución en base a su concreción en la LOE o LOMCE y denegar esta opción, equiparando educar con escolarizar.

En mi opinión, es poco democrático restringir las opciones educativas de las familias al “mercado educativo cerrado” que en España está en manos de las Administraciones Públicas, Órdenes Religiosas y Empresas Privadas. Con cuyos principios educativos se puede estar de acuerdo o no. Y que restringen cada vez más la participación de las familias en los colegios. Por tanto, educar en casa debe ser una opción legal para las familias siempre que se haga en las condiciones de atención adecuadas a los menores.

Las motivaciones.

¿Qué lleva a una familia a no querer escolarizar a sus hijos/as? Desde mi punto de vista, las causas son fundamentalmente tres.

En primer lugar, están las madres y padres que teniendo un hijo con “necesidades educativas especiales”, comprueban que el tratamiento que reciben en el colegio no es suficiente para lograr el desarrollo óptimo de las capacidades de sus hijos/as que promete la legislación en vigor o la publicidad del centro educativo correspondiente. En el ítem “necesidades educativas especiales” entran desde aquellos niños/as con ritmos y estilos de aprendizaje diferentes de la uniformidad, que pueden ser tanto por “déficit” como por “superávit” (niños/as con “dificultades de aprendizaje” o niños/as con “altas capacidades”). [Este es otro interesante tema de debate]. Y en consecuencia, en ejercicio de su responsabilidad como padres/madres deciden buscar medios alternativos para proveer a su hijo/a de aquello que necesita.

En segundo lugar, encontramos a los progenitores, que habiendo tenido una experiencia educativa negativa en el colegio, cuando no traumática, deciden que no van a permitir que sus hijos/as pasen por lo mismo.

Y por último, encontramos aquellos padres y madres que no están de acuerdo con el paradigma educativo dominante, basado en la clasificación por edades, en las relaciones jerárquicas, la estructuración del conocimiento por edades, la imposición de los contenidos curriculares, la preeminencia otorgada a los contenidos de naturaleza cognitiva, etc. Y deciden que sus hijos/as se merecen otra cosa.

Los argumentos en contra.

Al margen de las consideraciones legislativas expuestas arriba, dos son los “peros” que se suelen aducir para deslegitimar la educación en casa. Son, la falta de conocimiento y experiencia pedagógica de las familias y las posibles dificultades de socialización.

Es un hecho reconocido por los propios padres y madres homeschoolers, que muchos de ellos carecen de formación en pedagogía. Y en una sociedad tendente a la especialización, es comprensible que el Estado exija a quien va a ejercer de educador que esté formado para serlo.

No obstante, en las sociedades democráticas, no está restringida la capacidad de paternidad o maternidad, ni condicionada a ningún proceso formativo. Es decir, cualquiera puede tener hijos/as y, salvo que se demuestre lo contrario y un juez/a así lo dictamine, cualquiera está capacitado para criar y educar a sus hijos/as. Entonces, ¿dónde se pone el límite? Actualmente, el límite se pone a la edad de 6 años del niño/a y en especial en la dimensión instructiva o formativa. De donde deducimos que la capacidad educativa de los padres y madres se considera suficiente para criar y educar a sus hijos/as sin restricciones hasta que cumpla los 6 años y a partir de esa edad se les considera competentes en su educación social, moral, ideológica y religiosa (siempre que no excedan la línea roja que marca la Declaración Universal de Derechos Humanos).

Esta concepción es la que permite que haya padres/madres que se declarasen objetores en áreas como educación para la ciudadanía, elijan religión católica o alternativa, puedan escolarizar a sus hijos/as en centros que segregan por género, etc; sin que Servicios Sociales envíe a su casa a la Policía.

Sin embargo, saltan las alarmas cuando las familias transgreden el límite de la escolarización obligatoria y deciden educar en casa. Esta crítica de la falta de preparación de los padres y madres, pasa por alto dos hechos. Primero, vivimos en la sociedad del conocimiento donde la ciudadanía tiene posibilidad de acceso a la información que necesite. Es cierto, que no todo es cuestión de información, hay saberes pedagógicos que sólo con la práctica y la reflexión continua se van adquiriendo. En estos casos, los padres y madres responsables que han decidido educar en casa para satisfacer las necesidades de sus hijos/as tienen a su disposición servicios como gabinetes educativos, pedagógicos, psicopedagógicos, etc para formarse y recibir apoyos para llevar a cabo su función de educador en casa de una manera adecuada. Y segundo, tan importante como la formación y la experiencia es la motivación, y en el caso de estas familias esta cuestión parece más un punto a favor que en contra, ya que exige mucho más esfuerzo ir contracorriente que hacer lo de siempre y dejarse llevar por la masa y las costumbres.

Y por otra parte, ejerciendo la autocrítica en mi sector, la posesión de un título universitario no siempre es garantía de competencia profesional suficientemente buena. En España son de dominio público determinadas actitudes de algunos docentes que, lamentablemente inciden en el desprestigio de una profesión de vital importancia.

El segundo argumento en contra. Se suele decir que las personas que se educan en casa no tienen una adecuada socialización, que no tienen la oportunidad de hacer amigos y que al vivir “en una burbuja”, después tienen dificultades de adaptación a la “sociedad real”.

A este respecto opino que, si bien es cierto que la escuela es uno de los principales contextos de socialización, no es el único ni necesariamente el mejor. Recordemos que socialización es el proceso en virtud del cual una persona asimila los principios, los hábitos y normas de conducta dominantes en la cultura de la sociedad en que vive. Sí, la escuela sirve a ese fin, pero no en menor medida en que lo hacen la familia en primer término, los medios de comunicación, la interacción en el vecindario, etc.

Este hecho es el que justifica quejas habituales del profesorado como “de qué sirve que yo me esfuerce en enseñarle valores o comportamientos respetuosos si luego ven en la televisión tal o cual programa, o en casa sus padres/madres refuerzan otros comportamientos, etc, etc”. Y es precisamente así como se reconoce que es el contexto social en su conjunto el responsable final de la socialización y no ninguno de sus agentes por separado. Luego, desde mi perspectiva no es necesario asistir a una escuela para socializarse adecuadamente. Existen otros contextos. Un niño puede ir al mercado con sus padres, museos, a talleres por la tarde, academias, parques, lugares de ocio...

Hacia un modelo educativo diverso, comprensivo y más democrático.

Si bien entiendo y defiendo la escuela pública y universal como una conquista social importantísima, pienso que limitar a la escolarización obligatoria el derecho a la educación es querer ponerle puertas al campo.

La sociedad española ha cambiado, la realidad mundial es dinámica. En la actualidad la ciudadanía tiene acceso a mucha información y una actitud más activa y crítica. Y eso es muy positivo. Los ciudadanos/as queremos ser protagonistas, no sólo sujetos pasivos y esto también tiene implicaciones para el sistema educativo.

Y como ante todo cambio, hay opciones entre dos polos opuestos. O bien nos mostramos refractarios y cerramos la puerta a toda modificación del paradigma educativo basado en la obediencia y la transmisión, o bien tratamos de adaptarnos a las nuevas circunstancias actuando desde el rigor científico y humanista trabajando en todo momento en favor de lo que sea mejor para la siguiente generación.

En esta línea, considero que es necesario repensar el rol del docente. Reflexionando desde la posición tradicional que lo considera un suministrador de información hacia una perspectiva con mayores competencias en la gestión de la convivencia, un mediador en los conflictos y un orientador de los aprendizajes. No tanto como un inculcador de valores como un acompañante, un apoyo en el proceso complejo de la conquista de la autonomía personal, que en último término corresponde al propio niño/a.

Un sistema educativo, que se adapte a las necesidades de la sociedad actual, y sostenido por docentes con capacidades como las descritas arriba, será necesariamente un sistema en el que tendrán cabida, no sólo las modalidades tradicionales de escolarización sino también, las alternativas que la propia sociedad ya está generando y demandando, y que le sean incómodas al legislador o al defensor de la educación del paradigma asociacionista o no, existir existen y son legítimas en tanto que permiten y fomentan el desarrollo el Derecho fundamental de la Educación.


Dos nias observando el campo